Admitirá PGR 19 pruebas
Abel Barajas México, Cd. de México (09 octubre 2015)
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  • Inés Sainz acusó a funcionarios de la PGR y del SAE por 'desasegurar' al Querétaro con el propósito de que Amado Yáñez se lo vendiera a Olegario Vázquez Aldir.
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Un juzgado federal ordenó a la Procuraduría General de la República (PGR) admitir 19 pruebas que se negaba a recibirle a la conductora Inés Sainz, en su denuncia por la presunta venta ilegal del Querétaro.

El Juzgado Décimo Sexto de Distrito en Materia Penal en el Distrito Federal concedió la protección de la justicia a Sainz e instruyó diligenciar las pruebas en el acta circunstanciada AC/PGR/UEIDCSPCAJ/SP/M-X/015/2015, de acuerdo con datos judiciales.

En su denuncia, Sainz acusó a funcionarios de la PGR y del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) de la Secretaría de Hacienda, de llevar a cabo un procedimiento irregular para "desasegurar" al equipo de futbol con el propósito de que Amado Yáñez, hoy preso, se lo vendiera a Olegario Vázquez Aldir.

La denuncia también señala que el dueño de Oceanografía vendió a los Gallos Blancos en un valor inferior al ofertado por Sainz y su esposo Héctor Pérez Rojano, "en condiciones que probablemente le impusieron funcionarios de la PGR y el SAE".

Con la querella presentada el 27 de mayo de 2015, la PGR inició un acta circunstanciada, no una averiguación previa. Es decir, no ha iniciado una investigación formal del caso.

De hecho, cuando el pasado 18 de junio Sainz y Pérez ofrecieron 19 pruebas, la PGR respondió que no las admitiría porque estaban relacionadas con el desaseguramiento del equipo que en principio se consideraba legal.

La PGR dijo que desasegurar el club de futbol, para que fuera vendido, "había sido una decisión potestativa de la SEIDO" y que las pruebas que Sainz buscaba diligenciar "no guardaban relación con la investigación".

Por ello, la conductora presentó el amparo, el cual quedó registrado con el número 85/2015, donde ahora el juzgado resolvió que la PGR violó sus derechos humanos y garantías individuales, y ordenó admitir, desahogar y valorar las pruebas que habían sido desechadas.

"Se concede a los quejosos Héctor Eduardo Pérez Rojano e Inés Sainz Gallo, la protección constitucional solicitada para el efecto de que la PGR... sin prejuzgar, admita, desahogue y valore los medios de prueba ofrecidos por la parte quejosa, hecho lo cual, analice si se encuentran o no relacionados con lo hechos que se pretenden acreditar", dijo el juzgado.

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