Exige Código de Ética a todos por igual
En el documento se menciona que queda estrictamente prohibido criticar a los silbantes de manera pública
Cancha/Staff México, Cd. de México (16 julio 2012)
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  • Todos tranquilos... El Código de Ética establece que no se podrán hacer declaraciones públicas a los árbitros.
    FOTO: Archivo

En la presentación de la Liga MX y del Ascenso MX, las máximas autoridades del futbol mexicano también dieron a conocer el formato del Código de Ética, al cual CANCHA tuvo acceso.

Dentro del documento, uno de los principales puntos que buscan cuidar es la imagen ideal de los futbolistas, tanto dentro como fuera de la cancha, además del comportamiento ejemplar de los directivos, quienes no podrán declarar en contra de sus colegas.

"El respeto a la integridad moral es uno de los principios más importantes dentro del fútbol, por lo que no se deberá realizar ningún tipo de declaración que tienda a desacreditar, desprestigiar, causar perjuicio o daño a otros", se expone.

El soborno, es otro de los aspectos medulares que son señalados en el texto, así como el respeto al cuerpo arbitral.

Las normas de ética incluyen también a los representantes de jugadores, organizadores de partidos, jueces de partido.

"Toda persona que ostente un cargo o realice una actividad directa o indirectamente relacionada con la FMF y el fútbol federado, se adhiere a los principios y obligaciones contenidas en el presente Código de Ética, por lo que no podrá alegar desconocimiento o inexistencia de interés jurídico en su defensa", se estipula en el Artículo 3.

En el Código, queda estrictamente prohibido criticar a los silbantes de manera pública, los cuales serán elegidos por consenso antes de cada partido y no por el ordenador como se hacía antes.

Los actos discriminatorios por la religión, preferencia sexual, raza, origen étnico, entre otros, son otros de los elementos que serán sancionados.

Se añade que queda prohibido también, que los clubes comiencen a negociar a un futbolista o a un integrante de un cuerpo técnico que estén vinculados con otro equipo.

"Los clubes, ya sea por medio de su directiva o de un tercero, se abstendrán de entrar en negociaciones con un jugador que tenga contrato vigente con otro club, y aún menos en condiciones distintas a las reglamentadas y autorizadas por la FIFA, con excepción de que estén previamente autorizados por la otra parte", se agrega en el Artículo 18.

En la redacción, aparecen las posibles sanciones que se impondrán cuando algún integrante del futbol mexicano no cumpla con lo establecido, tales como: advertencia, amonestación, suspensión temporal, exclusión, multa y servicio comunitario.

Aunque también se tenía previsto establecer lineamientos para los medios de comunicación, estos no se incluyeron en el texto.

Éste es el texto íntegro del Código de Ética:

En el Código de Ética se establecen también las sanciones que pueden imponerse ante el incumplimiento del mismo, como son:


· Advertencia

· Amonestación

· Suspensión temporal

· Exclusión

· Multa

· Servicio Comunitario


A continuación se reproduce integro el Código de Ética y la Declaración de Juego Limpio y Ética Deportiva que el día de hoy fue refrendado por toda la familia del Fútbol Mexicano.

Código de Ética

I. Generalidades

Artículo 1

El Código de Ética tiene como objetivo publicar y difundir los principios bajo los cuales deberá actuar toda persona involucrada con la FMF y con el fútbol mexicano.

Artículo 2

De acuerdo con las definiciones que el Estatuto Social de la FMF les otorga, son sujetos de este Código:


· Los Clubes y sus Directivas

· Los Jugadores

· Los Integrantes del Cuerpo Técnico

· Los Oficiales de Partido

· Los Oficiales, entendiéndose como tal a toda persona, registrada o no, que ejerza una función en el seno de un Club, sea cual fuere su título, la naturaleza de su función (administrativa, deportiva u otra) y el periodo de duración de ésta, como por ejemplo Directores, Operadores, buscadores de talento, empleados en general, etc., excluyendo de esta definición a los Jugadores e integrantes del Cuerpo Técnico.

· Los Agentes de Jugadores

· Los Agentes organizadores de Partidos


Artículo 3

Toda persona que ostente un cargo o realice una actividad directa o indirectamente relacionada con la FMF y el fútbol federado, se adhiere a los principios y obligaciones contenidas en el presente Código de Ética, por lo que no podrá alegar desconocimiento o inexistencia de interés jurídico en su defensa, adoptando desde su ingreso o inicio de actividad, una conducta digna, auténtica e íntegra que evite infringir los principios contenidos en este Código.

Artículo 4

El Código de Ética entrará en vigor a partir de su publicación y será aplicable a todos los hechos que se susciten a partir de dicha fecha.

En caso de que las normas contenidas en el presente Código, beneficien a los autores de hechos sucedidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor, será susceptible de aplicarse lo conveniente para resolver el caso en concreto.

II. Principios Básicos

A. De todas las Personas

Artículo 5

Toda persona sujeta a este Código de Ética se obliga a cumplir con los ordenamientos jurídicos que regulan el fútbol federado.

Artículo 6

Todo aquel involucrado, directa o indirectamente, con la FMF y/o sus integrantes, deberá respetar la dignidad de las personas y abstenerse de llevar a cabo cualquier acto discriminatorio por razones de género, raza, origen étnico, nacionalidad, opinión política, clase social, posición económica, religión, lengua o idioma, preferencia sexual o discapacidad.

Artículo 7

Independientemente de la ideología de las personas y del respeto que se les debe otorgar, todo el que esté sujeto a la aplicación de este Código de Ética deberá mantener una posición neutral ante asuntos de carácter religioso y político.

Artículo 8

El respeto a la integridad moral de los otros es uno de los principios más importantes dentro del fútbol federado, por lo que no se deberá realizar ningún tipo de declaración que tienda a desacreditar, desprestigiar, causar perjuicio o daño, o ir en detrimento de un tercero.

En esta misma tesitura, cualquier sujeto a este Código de Ética deberá abstenerse de emitir juicios públicos sobre el desempeño del Cuerpo Arbitral, de los Comisarios, de la FMF, sus órganos de gobierno y sus integrantes, así como de terceros involucrados, que tengan como intención o efecto, desacreditar, denostar, desprestigiar y/o causar perjuicio o daño.

Artículo 9

Toda persona sujeta al presente Código de Ética, está obligada a anteponer a sus intereses personales el correcto desarrollo y desempeño de sus funciones, por lo que deberá abstenerse de realizar cualquier actividad que pueda acarrear un conflicto de intereses entre la FMF, sus afiliados y terceros.

Un conflicto de intereses puede surgir si los sujetos a este Código tienen, o dan la impresión de tener, intereses privados o personales que perjudiquen el cumplimiento de sus obligaciones de manera independiente, íntegra y resuelta. Se entiende por intereses privados o personales toda posible ventaja que redunde en beneficio propio, de parientes, amigos o conocidos.

Artículo 10

Toda persona sujeta a este Código de Ética deberá abstenerse de actuar, participar, o en cualquier forma incitar a realizar conductas que tiendan a desacreditar, desprestigiar, causar perjuicio o daño, o ir en detrimento de la FIFA, Confederaciones, FMF, los Clubes, así como sus órganos de gobierno y sus integrantes y/o terceros involucrados.

Artículo 11

La imagen y reputación de la FMF, de sus afiliados y de sus integrantes, es responsabilidad de todos los que integran el fútbol federado, por lo que es una obligación individual el dirigirse y desempeñarse en todas sus actividades, ya sea particulares o profesionales, con la debida probidad y respeto, así como evitar incurrir en conductas que vayan en detrimento del deporte, sus organismos, el fair play y el juego limpio.

Artículo 12

Los integrantes de la FMF, afiliados y terceros involucrados, están obligados a dirigirse con respeto hacia los medios de comunicación, proporcionando siempre información clara y veraz en apego a las normas vigentes.

Artículo 13

El soborno, ya sea en forma directa o a través de un tercero, es una de las actividades más vergonzosas en las que se puede incurrir, por lo que toda persona sujeta a este Código deberá abstenerse de realizar cualquier acto tendiente a arreglar el resultado de un partido, o a dirigir el desempeño de un Club incentivando la derrota en favor de otro para obtener un beneficio, ya sea propio o de un tercero.

Artículo 14

Toda persona sujeta a este Código de Ética, deberá abstenerse de otorgar, brindar o poner a disposición de los Árbitros, Comisarios, integrantes de la FMF y de sus afiliados, cualquier tipo de obsequio.

Así mismo, se debe observar el cabal cumplimiento de los protocolos autorizados para los Clubes huéspedes y locales, sin ir más allá de los mismos y de lo que ha sido previamente aprobado.

Artículo 15

Los integrantes de la FMF, afiliados y terceros involucrados, están obligados a guardar la debida confidencialidad respecto de los datos e información conocida y/o entregada entre ellos, incluyendo, de forma enunciativa más no limitativa, Informes, reportes, actas de Asamblea, actas de Comités, minutas, datos sensibles, información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, invenciones, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, inversionistas, empleados, relaciones de negocios y contractuales, pronósticos de negocios, planes de mercadeo y cualquier información revelada sobre terceras personas.

Cualquier información intercambiada, facilitada o creada entre las partes en el desarrollo de su actividad, será mantenida en estricta confidencialidad, salvo que la propietaria autorice su divulgación. La parte receptora correspondiente sólo podrá revelar información confidencial a quienes la necesiten y estén autorizados previamente por la titular de cuya información confidencial se trata.

Artículo 16

Bajo pena de incurrir en una conducta indebida por omisión, los integrantes de la FMF, afiliados y terceros involucrados, están obligados a denunciar ante las Autoridades correspondientes, los hechos o conductas que, teniendo la certeza de que acontecieron, o la sospecha fundada de que van a suceder, violen los lineamientos y normas que rigen el fútbol federado y el presente Código de Ética.

B. De los Clubes y sus Integrantes

Artículo 17

Los Clubes, Jugadores, integrantes del Cuerpo Técnico y Oficiales, deberán dar cabal cumplimiento a las obligaciones contempladas en los respectivos contratos que celebren, sin buscar por conveniencia económica, ya sea propia o de un tercero, incumplir u obstruir el cumplimiento de las obligaciones contraídas.

Artículo 18

Los Clubes, ya sea por medio de su Directiva o de un tercero, se abstendrán de entrar en negociaciones con un Jugador que tenga contrato vigente con otro Club, y aún menos en condiciones distintas a las reglamentadas y autorizadas por la FIFA, con excepción de que estén previamente autorizados por la otra parte.

Artículo 19

Los Clubes que tengan interés en un determinado Jugador, integrante del Cuerpo Técnico o Directivo, deberán abstenerse de publicarlo o declararlo a los medios de comunicación.

Artículo 20

Los Clubes, ya sea por medio de su Directiva, un buscador de talento, o de un tercero, se deberán dirigir con honestidad y veracidad ante los Jugadores jóvenes y sus familiares cuando exista un interés sobre ellos.

Los Clubes, ya sea por medio de su Directiva, un buscador de talento, o de un tercero, se abstendrán de entrar en negociaciones con un Jugador joven o con sus familiares, cuando un Club lo tenga registrado dentro de su organización.

Artículo 21

Por un principio de conciliación, los Clubes tratarán de resolver sus diferencias y/o disputas en apego a la buena fe y la honestidad que los caracteriza, evitando elevar sus controversias ante los órganos jurisdiccionales competentes.

Artículo 22

Los Clubes se obligan a cumplir con todos los lineamientos y garantías de seguridad en sus instalaciones, adoptando para ello las mejores tecnologías y metodologías disponibles y a su alcance. Además se comprometen a ofrecer las mejores instalaciones posibles para el óptimo desarrollo del espectáculo deportivo, tanto en el terreno de juego, vestidores, servicio médico, palcos y áreas para las Directivas visitantes, como en las tribunas, baños públicos, áreas y servicios de alimentos y bebidas, accesos y estacionamientos.

Artículo 23

Los Jugadores son los actores principales y los responsables de generar el espectáculo deportivo en el fútbol federado, por lo que se debe evitar toda actuación protagónica por parte de integrantes del Cuerpo Técnico, Directivos, Oficiales de Partido y demás Oficiales, limitándose todas las personas involucradas a desempeñar las actividades o las tareas que les fueron encomendadas, de acuerdo con el cargo que ostentan.

C. De los Jugadores y Cuerpo Técnico

Artículo 24

Los Jugadores, integrantes del Cuerpo Técnico y Directiva, deberán dar cabal cumplimiento a las normas fair play, y dirigirse en todo momento en apego al principio de buena fe y ética deportiva, sin girar u obedecer instrucciones sobre la forma de jugar, que sean contrarias al juego limpio y el principio de deportividad, o de los Reglamentos de Competencia aplicables.

Artículo 25

Los Jugadores e integrantes del Cuerpo Técnico no actuarán en forma tendenciosa para engañar al Cuerpo Arbitral en beneficio propio o de su Club.

Artículo 2

Los Jugadores e integrantes del Cuerpo Técnico, así como todos los sujetos de este Código de Ética, no cometerán, ni tolerarán ningún tipo de conducta agresiva o violenta en contra de los adversarios, los Oficiales del partido o los espectadores.

Los integrantes del Cuerpo Técnico se esforzarán para que los Jugadores a su cargo obedezcan y respeten las decisiones de las autoridades, principalmente del Cuerpo Arbitral y de los Comisarios, promoviendo así el más alto estándar de conducta en el terreno de juego y respeto a las decisiones de la Autoridad.

Artículo 27

Los Jugadores que participen en cualquier actividad organizada y regulada por la FMF, deberán desempeñarse con profesionalismo y deportividad, sin poner en riesgo la integridad física de los otros jugadores, evitando jugadas que puedan lesionar deliberadamente a un compañero o a un adversario.

Artículo 28

Los Jugadores que participen en cualquier actividad organizada y regulada por la FMF son responsables de cuidar y respetar su cuerpo, evitando incurrir en prácticas dopantes a través del consumo de sustancias o prácticas de métodos prohibidos.

D. De los Oficiales de Partido

Artículo 29

Los Árbitros y los Comisarios, son la máxima autoridad dentro y fuera del terreno de juego respectivamente, durante el desarrollo de un partido, entendiéndose como tal el antes, durante y después del mismo a partir del inicio de la cuenta regresiva y hasta el envío del último informe, por lo que su investidura deberá ser respetada en todo momento sin olvidar que se trata de personas que desarrollan una labor de apreciación humana, desempeñada de buena fe y que en ocasiones es susceptible de incomodar involuntariamente a terceros.

Artículo 30

Los Oficiales de Partido deberán abstenerse de aceptar cualquier tipo de obsequio, regalo o atención proporcionada que vaya más allá de los protocolos autorizados en sus lineamientos, teniendo la obligación de denunciar dicho comportamiento ante la Comisión Disciplinaria para que esta lleve a cabo lo procedente.

III. Sanciones

Artículo 31

Sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad a que pudiera dar lugar, el incumplimiento a cualquier norma del presente Código de Ética motivará la aplicación de las sanciones establecidas en el Estatuto Social, el Reglamento de Sanciones y los Reglamentos de Competencia correspondientes.

Cuando el presente Código de Ética, el Estatuto Social o sus Reglamentos establezcan con precisión las sanciones aplicables en infracciones concretas, la Comisión Disciplinaria las impondrá cuidando de establecer debidamente la graduación de la sanción.

Si la infracción no está definida, el Secretario General de la FMF, o en el caso de la Liga MX y Ascenso MX, el Presidente de la Liga, decidirán las sanciones que estimen adecuadas en el grado que amerite la falta, tomando en cuenta los antecedentes del infractor, las circunstancias en que hayan ocurrido los hechos y demás elementos que concurran en el caso.

Una vez decidida la sanción aplicable, el Secretario General de la FMF, o en el caso de la Liga MX y Ascenso MX, el Presidente de la Liga enviarán los antecedentes y la recomendación a la Comisión Disciplinaria, para que por su conducto se sancione al infractor.

Artículo 32

Las sanciones que se pueden imponer por el incumplimiento al presente Código de Ética son:


· Advertencia

· Amonestación

· Suspensión temporal

· Exclusión

· Multa

· Servicio Comunitario


IV. Jurisdicción y Competencia

Artículo 33

El presente Código de Ética, es aplicable a todos los actos que infrinjan las normas de la FMF, con independencia de las sanciones que en otros cuerpos jurídicos, ya sean de la propia FMF o diversos organismos, le sean aplicables al caso en concreto.

Artículo 34

La FMF supervisará el cumplimiento del presente Código, a través del Secretario General de la FMF, o en el caso de la Liga MX y Ascenso MX, a través del Presidente de la Liga, siendo estos los facultados para conocer de toda violación a las normas contenidas en el mismo y, en su caso, recomendará a la Comisión Disciplinaria la sanción aplicable a los infractores.

Artículo 35

Una vez conocida la infracción al presente Código de Ética, el Secretario General de la FMF, o en el caso de la Liga MX y Ascenso MX, el Presidente de la Liga iniciará las gestiones correspondientes para confirmar los hechos y conceder al infractor su derecho de audiencia en apego al principio de seguridad y certeza jurídica.

Artículo 36

Toda sanción impuesta por la Comisión Disciplinaria al amparo del presente Código, deberá estar debidamente fundada y motivada en hechos de los que se tenga la certeza de que sucedieron, guardando las pruebas correspondientes al efecto.

Artículo 37

Toda sanción impuesta por la Comisión Disciplinaria será susceptible de recurrirse en apelación ante la Comisión de Apelaciones de la FMF, salvo en los casos en que se realice una amonestación o advertencia.

Artículo 37

El procedimiento para interponer un recurso de apelación en contra de una resolución de la Comisión Disciplinaria, será el que se encuentra determinado en el Reglamento de la Comisión de Apelaciones de la FMF.

Aprobación y Entrada en vigor

El Comité Ejecutivo de la FMF aprobó el presente Código de Ética en fecha 16 de julio de 2012, entrando en vigor en esta misma fecha.

Declaración del Juego Limpio y Ética Deportiva

La FMF, los Clubes que la integran, los Jugadores y todas y cada una de las personas que nos encontramos involucradas con ella de una u otra forma, nos unimos en el compromiso mutuo de dirigirnos y desempeñarnos en las asignaciones que nos corresponden con base en los principios éticos y deportivos que sustentan al fútbol mexicano.

En cada acto realizado vigilaremos que imperen nuestros valores, entre los cuales la honestidad, el respeto y el compromiso serán pilar para nuestro desarrollo continuo.

Sabemos que las presiones pueden ser grandes, pero no permitimos que nuestra ambición influya en el cumplimiento de nuestras obligaciones.

Obedecemos al pie de la letra las normas que nos rigen, aún y cuando se contraponga a nuestros intereses, y jamás tratamos de evadir nuestras responsabilidades ni los compromisos adquiridos.

Lo damos todo en el terreno de juego, ganamos merecidamente y aceptamos perder con dignidad. No atribuimos nuestra derrota a las Autoridades de un partido, respetamos su labor y sabemos que cuentan con la capacidad y experiencia para desempeñarla.

La competencia es lo que nos hace ocupar el lugar en el que estamos, y sabemos que sin adversario no existiría ganador, por lo que respetamos a nuestro contrario y elogiamos su esfuerzo, el cual nos invita a esforzarnos para ser mejores.

Confiamos en nuestras habilidades y no intentamos engañar ni hacer caer en el error a los otros.

No provocamos reacciones adversas que puedan desencadenar conflictos, y respetamos a todas y cada una de las personas que trabajan en la Institución del fútbol.

Somos responsables de crear el ambiente idóneo para transmitir los valores que nos rigen y contagiar el espíritu deportivo, por lo tanto, respetamos a la afición y le ofrecemos el mejor espectáculo cada día.

Promovemos el fútbol entre niños y jóvenes y aprovechamos todas las oportunidades a nuestro alcance para influir en su personalidad, fomentando la educación, la cultura y el respeto propio a la integridad tanto física como moral.

No criticamos a quienes nos critican ni nos dejamos vencer por los detractores; por el contrario, incentivamos nuestro coraje para demostrar con hechos nuestra calidad deportiva y humana, y ponemos en alto los principios éticos y deportivos que nos conforman.

Somos conscientes de nuestra capacidad y nos esforzamos por ser mejores cada día, pero jamás incurrimos en trampas ni en prácticas de dopaje. Cuidamos y respetamos nuestro cuerpo como a nuestro espíritu deportivo. Rechazamos toda oferta tendenciosa y no permitimos que otros experimenten con nosotros.

No toleramos corrupción ni violencia en nuestro deporte y nos dirigimos hacia todos con respeto. Las diferencias físicas no son una barrera entre nosotros, no denostamos a nadie por su aspecto u origen, sabemos que formamos una familia y nos respetamos unos a otros como tal.

Aceptamos que al integrarnos al fútbol, realizando cualquier actividad relacionada con el mismo, nos sometemos a las normas éticas y deportivas que de él emanan y que se consagran en el Código de Ética, y en este acto firmamos nuestro compromiso para hacer crecer el fútbol mexicano.



Hora de publicación: 18:40
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